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Pensión completa y todo incluido: diferencias según la normativa hotelera

Cuando reservamos en un hotel, uno de los aspectos más importantes es el régimen de estancia. Los más habituales son la pensión completa y el todo incluido. Aunque mucha gente los confunde, la normativa hotelera española establece una diferencia clara entre ellos.

¿Qué es la pensión completa?

El concepto de pensión completa aparece en la normativa estatal sobre establecimientos hoteleros, concretamente en la Orden de 1968 y el Real Decreto de 1978, donde se regula qué servicios deben entenderse incluidos en cada régimen.

En concreto, la pensión completa comprende el alojamiento en habitación y las tres comidas principales del día: desayuno, comida y cena.

Un punto importante: la normativa y la práctica del sector dejan claro que las bebidas no están incluidas, salvo las del desayuno (café, té, leche o zumo). Es decir, en comidas y cenas las bebidas se facturan aparte, salvo que el hotel indique expresamente lo contrario.

¿Qué es el todo incluido?

El todo incluido no está recogido de forma específica en el BOE. Se trata de una fórmula comercial que ha ido consolidándose en los últimos años. Por eso, cada establecimiento debe detallar por escrito qué incluye exactamente este régimen.

En la práctica, el todo incluido suele comprender alojamiento y tres comidas principales, bebidas ilimitadas tanto en las comidas como en bares del hotel (refrescos, cerveza, vino, agua y en ocasiones licores nacionales), snacks y tentempiés entre horas (bocadillos, pizzas, bollería, helados, etc.) y, en algunos casos, servicios complementarios como actividades de animación, hamacas o acceso a spa y gimnasio.

Diferencia clave

La distinción entre ambos regímenes es esencial. La pensión completa está definida normativamente: incluye alojamiento y tres comidas, pero no incluye bebidas salvo en el desayuno. El todo incluido es un régimen comercial que además de lo anterior incorpora bebidas, snacks y, en ocasiones, servicios extra.

Conclusión

La normativa hotelera obliga a los establecimientos a informar con claridad y por escrito de lo que incluye cada régimen para evitar confusiones en la contratación.

Antes de reservar, conviene leer con atención qué ofrece cada hotel bajo estos regímenes, ya que la pensión completa tiene un contenido normativo definido, mientras que el todo incluido depende de la oferta concreta del establecimiento.

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